Carmove, el mejor alquiler de coche en Madrid

Condiciones de contratación

Condiciones de contratación

A continuación te mostramos nuestras condiciones de tu servicio de alquiler de vehículo

El presente contrato viene a regular las condiciones para el arrendamiento de vehículo por tiempo determinado.

 

El vehículo arrendado es propiedad de Carmove Europe S.L. o, en su caso, la mercantil posee un título de uso con autorización para el subarriendo. En todo caso, durante la vigencia del contrato, el vehículo no alterará su estado en cuanto a su titularidad y registro. Se prohíbe expresamente: ceder, alquilar, hipotecar, pignorar, vender o cualquier otra forma de dar en garantía. No obstante, durante el periodo de alquiler usted deberá custodiar el bien diligentemente y hacer un uso responsable del mismo, de acuerdo con las cláusulas siguientes:

El arrendatario recibe en alquiler el vehículo descrito anteriormente en perfectas condiciones de funcionamiento, con todos los documentos, neumáticos, herramientas y accesorios y se compromete a conservarlos y conducir el vehículo según las normas del Código de Circulación; el titular del contrato manifiesta haber realizado una inspección ocular del vehículo, haber arrancado el mismo previa su retirada, en vistas de lo cual certifica el correcto estado del automóvil.

 

Queda expresamente prohibido, bajo sanción prevista en el punto 10 del presente documento:

 

– Conducir el vehículo por personas no autorizadas en el contrato. Toda utilización del vehículo por persona ajena al contrato deberá ser comunicada y aceptada; de no realizarse tal operación informativa el seguro del vehículo no cubrirá al tercero no contratante. Las sanciones de tráfico serán responsabilidad del autorizado o autorizados en contrato, en caso de discrepancia sobre la identificación será el firmante el responsable.

– El conductor debe asegurarse de que no se supera el número máximo de plazas del vehículo.

– Conducir el vehículo fuera de España sin haberlo comunicado al Arrendador en el momento de formalizar el contrato o posteriormente, sin que CARMOVE EUROPE S.L otorgue su consentimiento fehaciente.

– Transportar a personas o mercancías cuando ello implique explícitamente el subarriendo del vehículo. En el caso de que durante el periodo de alquiler se destine en algún periodo a la realización de viajes compartidos con personas con las que no se guarde relación de afinidad, o se utilicen plataformas intermediarias para este tipo de transporte, deberá comunicarse al titular del vehículo y recibir autorización para tal fin. De no mediar autorización el arrendatario será responsable de cuantas cargas se deriven.

– Conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas, motivadas por el alcohol, drogas, fatiga o enfermedad.

– Utilizar el vehículo para empujar o remolcar otros vehículos.

– Participar con el vehículo en carreras, concursos deportivos, etc. Realizar una conducción deportiva extrema o exigente que origine un desgaste prematuro o anómalo de elementos del vehículo que no se corresponda con los kilómetros realizados y que tenga su origen en un exceso de exigencia por parte del Arrendador.

– Manipular el cuentakilómetros de vehículo, debiendo comunicar inmediatamente al arrendador cualquier avería del mismo.

– Transitar fuera de la red vial nacional o cualquier terreno no adecuado, quedando expresamente excluidos de las coberturas de seguro los daños en los bajos del vehículo o componentes mecánicos que se estropeen como consecuencia de una mala conducción, así como los daños producidos por la circulación en zonas restringidas de la red de carreteras.

– No detener el vehículo lo antes posible, cuando se ilumine o suene cualquier testigo o alarma que indique anomalía en el funcionamiento del vehículo o se detecte ésta por el Arrendatario, debiendo contactar con el Arrendador para que este disponga lo conveniente o con la compañía de asistencia del seguro.

– No se abonará ninguna reparación o asistencia distinta a la suministrada sin previa autorización del Arrendador.

– Modificar cualquier característica técnica del vehículo, las llaves, equipamiento, las herramientas y/o accesorios. En el caso de incumplir este artículo el arrendatario deberá correr con los gastos, debidamente justificados, de reacondicionamiento del vehículo a su estado original, así como abonar una cantidad en concepto de inmovilización del vehículo.

– Transportar niños menores de tres años o mayores de tres años que no superen una altura de 150 centímetros sin utilizar el correspondiente dispositivo de retención obligatorio homologado de acuerdo con el peso y la talla del niño.

– El vehículo deberá estacionarse en zonas seguras y destinadas para tal fin. Queda expresamente prohibido estacionar en zonas prohibidas o peligrosas que puedan causar deterioro al mismo.

– El conductor deberá atender al estado de la red viaria en todo momento. Adecuar su conducción al estado de las vías y respetar las recomendaciones de las autoridades. En el caso de que exista una alerta, deberá estarse a su contenido, no pudiendo mover el vehículo si las autoridades indican tal recomendación. De producirse la circulación, será el arrendador el responsable de todos los daños que pudieran producirse. Sirvan como ejemplo temporales de lluvia, viento o nieve.

 

 

El titular y conductor deberá contar con los siguientes requisitos:

– Estar en posesión de una licencia que le habilite a conducir vehículos a motor según el ordenamiento estatal y D.N.I. o N.I.E. en vigor.

– Ser mayor de 25 años y antigüedad de carnet de conducir mínima de 2 años.

– Aportar DNI, tarjeta de residencia o pasaporte con dirección valida.

– No encontrarse con limitaciones físicas, temporales o permanentes, para el desarrollo de la conducción.

– Deberá el conductor o conductores autorizados prestar declaración responsable relativa a: no encontrarse como investigado en causa judicial relacionada con la Seguridad Vial. No haber sido condenado en firme por sentencia relacionada con la Seguridad Vial.

El vehículo objeto de alquiler incluye 200 km por cada día en el que se disfrute de su uso por contrato.

3.1) Los servicios no incluidos en el precio de tarifa son:

– Cada kilómetro adicional  tendrá un importe de 0,25€ (Bonos de kilometraje*).

– El periodo del alquiler es de duración determinada, salvo pacto en contrario con la empresa arrendadora. En caso de retraso en la devolución no comunicado y posterior a la fecha y hora convenida, se aplicará por cada día excedido la tarifa máxima de alquiler para el vehículo arrendado.

– Para retraso en la entrega del vehículo superior a una hora, por causa no imputable al arrendador, se facturará un día de alquiler a la tarifa máxima establecida para el tipo de vehículo. En el caso de que no devuelva el vehículo en las dependencias de la empresa, Carmove se compromete a recoger el vehículo tras finalización del contrato en un periodo de 2 horas desde el aviso del arrendatario.

*Bonos de kilometraje: con anterioridad a la firma del contrato de alquiler, se podrán contratar los siguientes bonos con kilómetros adicionales:

–           500 km por importe de 40 €

–           1.000 km por importe de 75 €

Los anteriores bonos no podrán contratarse una vez se haya firmado el contrato. Su eficacia vendrá dada por la propuesta y posterior aceptación de Carmove Europe S.L., quien lo hará constar en el documento contractual.

  3.2) Las sanciones por acciones u omisiones que conlleven una intervención de la empresa más allá de lo estipulado son:

 – Los servicios de repostaje realizados por la empresa por causa de no devolverse con la cantidad de combustible pactada tendrán un costo de 15 €, por la tarifa de servicio.

Limpieza excepcional o reparación de tapicerías. En caso de devolución del vehículo con un estado de suciedad interior superior al de una utilización normal, se facturará un cargo por servicio de limpieza de 30 €. Si además se produjeran daños en el interior, la intervención tendrá un coste extraordinario. Se entenderán por daños los producidos por: chicles, resinas, ácidos, aceites, tintas… cuando exijan la utilización de productos específicos no habituales, entendiendo como habituales agua, jabón y limpiadores convencionales. El coste de esta limpieza se facturará por horas, a un importe de 30 € la hora.

Queda expresamente prohibido fumar dentro del vehículo. La higienización y desinfección del vehículo por fumar en el interior supondrá un coste de 60€.

La tarifa de servicio por la realización de los trámites en materia de tráfico se repercutirá al arrendador en la cuantía de 30 €.

– Para inmovilizaciones del vehículo derivadas de un uso negligente, por cada día de inmovilización para la realización de las reparaciones necesarias se aplicará un cargo de 50 € al causante.

– Los cargos ocasionados por la pérdida o deterioro anormal de: la documentación del vehículo; la pérdida de neumáticos, herramientas, accesorios, etc.; y, los daños en los neumáticos, bajos del vehículo y carrocería intencionados y no accidentales serán facturados según los precios del fabricante, o a precios marcados por la Administración Competente en el caso de documentación.

– En caso de repostaje equivocado, el cliente pagará todos los gastos ocasionados (grúa, vaciado del depósito, etc.). EN CASO DE DUDA, COMPROBAR O PREGUNTAR EL COMBUSTIBLE ADECUADO CON ANTERIORIDAD A LA RETIRADA DEL VEHÍCULO

 3.3) Accidentes con conducta negligente

Los costes de reparación serán asumidos por el arrendatario en caso de daños causados al vehículo por accidente, cuando concurran las siguientes circunstancias:

– Que el vehículo no fuera utilizado de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato.

– Que el parte de accidente no hubiera sido cumplimentado en el plazo señalado o que no se ajustase a la realidad de los hechos producidos.

El Arrendatario se compromete a pagar al arrendador los gastos o cargos previamente descritos, sin perjuicio de que en caso de no atender a la reclamación dineraria queda legitimado CARMOVE EUROPE S.L. para emprender cuantas acciones en Derecho estime necesarias, tanto en vía amistosa como jurisdiccional, en reclamación de la deuda contraída. Cuando por negativa del arrendatario se dirima la causa en un Juzgado o Tribunal, se establece una cláusula penalizatoria de 600 € por los gastos judiciales derivados, amén del importe devengado por los intereses, costas y el de la propia deuda reclamada.

Durante el periodo en que se detente la posesión del vehículo, las infracciones de tráfico o comisiones de delitos en materia de Seguridad Vial serán responsabilidad del arrendatario, incluso cuando estas hubiesen sido cometidas por autorizados por este, figuren o no en el contrato. En todo caso deberá identificar al conductor y, singularmente, dicho conductor deberá asumir fehacientemente mediante escrito a la empresa la infracción que se le imputa.

 

Entiende y asume el arrendatario que en el momento de la identificación del infractor serán proporcionados sus datos, en orden a certificar al sujeto pasivo de la sanción. Si deseare realizar cuantos recursos y acciones considere, quedará eximida la empresa de cualquier responsabilidad y destino de las reclamaciones.

 

La tarifa de servicio por la realización de los trámites en materia de tráfico se repercutirá al arrendador en la cuantía de 30 €. Se incluyen entre estos los que surjan de una discrepancia en la identificación de conductor. Se aplicará el cargo por duplicado de tener que hacerse más de una gestión por la empresa ante la administración.

 

En todo caso, nunca actuará Carmove Europe S.L. como responsable subsidiaria o solidaria por hechos no cometidos por su personal interno. Las multas y gastos judiciales motivados por las infracciones de tráfico o infracción de las leyes, serán por parte del arrendatario.

La forma de pago se determina en la modalidad de “pago por adelantado” de la totalidad de la reserva. Podrá realizarse por los siguientes medios:  tarjeta bancaria física, pago por web, ingreso o transferencia bancaria confirmado por la empresa, antes de la perfección del contrato o la ejecución de las sucesivas modificaciones.

En el caso de facturación de servicios adicionales, la empresa requerirá al cliente por los cargos que le correspondieren al momento de la finalización del contrato. Para el caso de cargos que sean responsabilidad del cliente, como pudieran ser sanciones de tráfico o daños derivados de imprudencia y uso indebido del vehículo, se informará en el momento de conocimiento de los hechos imponibles.

Tendrá el arrendatario la obligación de abonarlos en el plazo de 3 días desde su comunicación (más los cargos de gestión previstos en este documento). En caso contrario será reclamado judicialmente, estableciéndose además una cláusula penalizatoria de 600 € por los gastos generados a la empresa, amén del importe devengado por los intereses, costas y el de la propia deuda reclamada.

Igualmente, se informa de que todo incumplimiento en materia de pagos, abonos por servicios complementarios o aquellas responsabilidades dinerarias que tengan como sujeto pasivo al usuario/arrendatario, supondrán tras una semana desde su requerimiento, efectuado por la empresa en forma escrita, la inclusión en los ARCHIVOS DE MOROSIDAD DE ASNEF.

 En cumplimiento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales, el arrendador confirma que la procedencia de las cantidades destinadas al pago del alquiler provienen de actividades declaradas y lícitas.

 

  PRESTACIÓN DE FIANZA

Discrecionalmente y en base a criterios estadísticos, la empresa arrendadora podrá solicitar fianza con carácter previo a la constitución del alquiler del vehículo. Tal garantía tendrá carácter potestativo para la empresa. Para los contratos en los que sea obligatoria constitución de una garantía adicional, CARMOVE EUROPE S.L. informará de tal circunstancia al cliente contratante por vía telefónica, o en forma escrita, con anterioridad a la entrega del vehículo.

El importe de la fianza podrá oscilar desde la cantidad de CINCUENTA EUROS (50 €) a la cantidad de SEISCIENTOS EUROS (600 €). La cuantía varía en función del análisis de riesgos realizado por la compañía.

El contrato se entiende válidamente celebrado desde el momento en el que usted ha procedido a la perfección del pago del alquiler por el vehículo, por lo que deberá comunicar la continuación del alquiler y proceder al abono del depósito de fianza en los plazos previstos; o bien, desistir del mismo.

En caso de realizar la reserva por vía web, en el supuesto de requerirse fianza por la empresa una vez completado el proceso de pago, el plazo máximo para la entrega de la misma a la arrendadora será hasta el momento anterior a la entrega del vehículo objeto del alquiler. El método de notificación, para la comunicación de la nueva contingencia en el proceso de alquiler, será por forma escrita al correo electrónico desde el que se haya realizado la reserva.

A requerimiento del cliente, por desistir del alquiler, se realizará un reembolso en un lapso de 72 horas hábiles, sin dar lugar dicha circunstancia a reclamaciones por cualesquiera otros conceptos. Dicho desistimiento compone un requisito de obligado cumplimiento para entender como ineficaz el contrato.

Por razón de no poner a disposición de la empresa de alquiler en los plazos previstos la citada garantía, ante el incumplimiento del deber de comunicación del desistimiento por parte del cliente, los importes del alquiler quedarán en propiedad de la compañía por el coste de oportunidad (lucro cesante) que supone tener el vehículo bloqueado para el cliente inobservante.

Salvo pacto en contrario, el vehículo se entregará y recogerá en el momento de la devolución por CARMOVE EUROPE S.L. en el punto que indique el arrendador.

En dicho emplazamiento será obligatorio firmar expresa y fehacientemente el contrato de alquiler. En aras del deber de transparencia e información, CARMOVE EUROPE S.L. pone a disposición de sus clientes el contrato en la página web y estos al momento de realizar la reserva son conscientes y aceptan la pluralidad de cláusulas suscritas. El contrato a firmar será idéntico a dichas Condiciones del Alquiler; por lo tanto la negativa a la firma no supondrá devolución alguna de las cantidades abonadas en concepto de alquiler del vehículo.

Por medios telefónicos o informáticos se informará del punto y la hora de recogida y devolución con una antelación mínima de dos horas por parte del arrendatario.

Para cambios de ubicación u hora de entrega o recogida realizados con menos preaviso del indicado, estará sujeto a disponibilidad de la empresa.

Las localizaciones de entrega o devolución del vehículo deberán realizarse en una ubicación que tenga las siguientes condiciones: la calle deberá tener espacio suficiente para realizar la actuación sin entorpecer la circulación; la ubicación debe tener permitida la libre circulación de vehículos sin autorización administrativa, en caso contrario deberá asegurarse el arrendatario de solicitar y comunicar al arrendador con tiempo suficiente la concesión de la autorización o realizar la actuación en un parking asumiendo el arrendatario el costo.

Para entregas fuera de los límites de la capital de Madrid, consultar tarifas y disponibilidad a la arrendadora.

El Arrendatario devolverá el vehículo alquilado en perfecto estado e identidad de forma a como le fue entregado; junto con todos sus documentos, llaves, neumáticos, herramientas y accesorios, en el lugar y fecha pactados con el Arrendador.

El incumplimiento de esta condición faculta al Arrendador a requerir judicialmente la devolución del vehículo y reclamar al cliente las tarifas de servicios extraordinarios establecidos.

 

7.1) COMBUSTIBLE

El vehículo siempre será entregado con el depósito lleno. Se establece la política “Full/Full” para la entrega y devolución.

En el caso de que el vehículo sea entregado por la empresa al arrendador en su domicilio o punto prefijado, este consiente que la gasolina necesaria para el trayecto correrá a su cargo. Igualmente, en el caso de realizarse la devolución en su domicilio o punto prefijado, deberá asegurarse de que el depósito de combustible está al máximo de su capacidad.

Existe la obligación de obligación de realizar el repostaje, para el caso de devolución fuera de las dependencias de la empresa, en un radio inferior a 8 km.  Debiendo conservar el arrendatario el recibo, ticket o factura del repostaje. La omisión de este requisito dará lugar a la pérdida de las ofertas que hubieran podido aplicarse al alquiler.

 

Los servicios de repostaje realizados por la empresa por causa de no devolverse con la cantidad de combustible pactada tendrán un costo de 15 €, por la tarifa de servicio; a los que se añadirá el combustible faltante en el depósito hasta completar su llenado. La empresa facilitará copia del ticket, factura o recibo al arrendatario causante.

 

El contrato de alquiler termina en la fecha que marcan las condiciones contratadas. El mismo no se extingue puesto que pudieran darse causas por las que debiera responder el arrendatario, como la imputación de posibles infracciones de tráfico.

 

DESISTIMIENTO ANTICIPADO

El desistimiento anticipado opera cuando el arrendatario desea dar por finalizado el contrato antes de la vigencia pactada. En tal caso operan las siguientes condiciones:

  • El contrato será cobrado en su totalidad. El desistimiento anticipado del contrato no comportará devolución económica alguna, salvo los siguientes supuestos:
  • La declaración por parte de las autoridades de circunstancias excepcionales que limiten la movilidad de las personas en territorio nacional. Las restricciones fuera del territorio nacional no afectarán al presente contrato.

El desistimiento anticipado también podrá realizarse por parte de la empresa cuando no se dé cumplimiento al condicionado del alquiler por causa no imputable a esta. En tal caso el contrato se entenderá como válidamente formalizado por operar buena fe de la empresa y trasgresión por parte del cliente.

Singularmente y entre otras causas, por razón de no poner a disposición de la empresa de alquiler la fianza (cuando fuera solicitada al cliente) en los plazos previstos,  si se incumpliese el deber de comunicación del desistimiento por parte del cliente según lo dispuesto en el apartado “5.a”, los importes del alquiler quedarán en propiedad de la compañía por el coste de oportunidad (lucro cesante) que supone tener el vehículo bloqueado para el cliente inobservante y, consecuentemente, el contrato se dará por terminado en base al desistimiento anticipado realizado por la empresa. Reiteramos, la conducta obstruccionista descrita (omitir el deber de comunicación para la prosecución o desistimiento del alquiler) será sancionada con el monto pagado por periodo del alquiler, en concepto indemnizatorio.

RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

El contrato quedará inmediatamente resuelto por las causas legalmente previstas y, en todo caso, en el momento en que el arrendador traspase los límites de la frontera nacional, si no hubiere sido previsto de otro modo en el contrato. También cuando de modo fehaciente se informe a CARMOVE EUROPE S.L. de que el vehículo está siendo utilizado de un modo impropio o en actividades ilegales por el arrendatario.

Ello faculta directamente al titular del vehículo a su recuperación sin obligación de justificar causa alguna.

Las causas de resolución y su procedimiento se completan con el apartado 10 de este documento.

En atención a los costes operativos generados por una reserva, la cancelación realizada en las 4 horas inmediatamente anteriores al comienzo de la vigencia del contrato repercutirá en una penalización del 50% del valor de la tarifa máxima diaria.

  • CANCELACIÓN POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR

La existencia de causas excepcionales de Fuerza Mayor podrá dar lugar, a decisión discrecional de la empresa, a la cancelación unilateral de la reserva del alquiler.

Dicha cancelación, que será informada al cliente mediante comunicación motivada, producirá efectos inmediatos en relación con la ausencia de materialización del servicio contratado. Estas causas, también, pudieran aparecer durante el periodo de vigencia del contrato, dando lugar a una finalización anticipada del mismo. En este último supuesto se devolverá el importe por los días restantes de contrato.

Siempre que se den las condiciones de Fuerza Mayor, el cliente/arrendatario asume que dicha contingencia extemporánea no dará lugar a indemnización alguna por parte de la empresa.

La inadvertencia del requerimiento realizado al cliente para la finalización anticipada del alquiler por causa de fuerza mayor, facultará a la recogida del coche por personal de la empresa y, en su caso, a las indemnizaciones correspondientes.

 

Por incumplimientos del arrendatario contenidos en presente documento, o por las causas legalmente previstas, el contrato podrá ser resuelto con carácter inmediato. La arrendadora, en tal caso, enviará el documento de resolución al medio de contacto que el arrendatario hubiera proporcionado en el contrato, siendo este envío prueba fehaciente suficiente.

Lo anterior supone la devolución y puesta a disposición inmediata del vehículo a su legítimo propietario o usufructuario (Carmove Europe S.L.). En caso contrario, queda legitimada Carmove Europe S.L., tras el envío del documento de resolución, para recuperar el vehículo en el punto en el que este se encuentre, bloqueando electrónicamente el mismo si fuera necesario. Los costes de tales acciones y desplazamientos serán asumidos por el arrendatario y se establece, además, una cláusula penal por resolución forzosa de la controversia de 1.000 €, la cual no incluye la posible reclamación de daños y perjuicios en vía contenciosa.

Para los supuestos de alquiler en los que se hubiese entregado fianza, como garantía para la constitución del contrato, los importes depositados cubrirán parte de la referida cláusula penalizatoria. Del mismo modo, para los alquileres con fianza, la resolución anticipada por incumplimientos del condicionado promovida a instancia de CARMOVE EUROPE S.L. devendrá en la pérdida del depósito de fianza, aunque el vehículo fuera devuelto voluntariamente por el cliente.

Todos los vehículos disponen de una póliza de seguros en vigor con la cobertura denominada “Todo Riesgo”. Ello no empece para que los daños derivados del mal uso del vehículo no estén cubiertos por el referido seguro.

El contrato de alquiler incluye un servicio de asistencia en carretera.

Para cualquier siniestro o incidencia, el arrendatario o conductor tendrá a su disposición los siguientes teléfonos de atención por personal de CARMOVE EUROPE S.L.

Los permisos de conducir expedidos por autoridades extranjeras al territorio nacional, deberán prestar fianza en cantidad de entre 300 € y 600 €, según el caso, para la constitución del contrato de alquiler. La fianza será devuelta en el plazo máximo de siete días.

La fianza tendrá el destino de cubrir los eventuales gastos, cargos o sanciones de carácter no ordinario.

 

ACCIDENTES

 En caso de accidente el Arrendatario se compromete a:

– Obtener los datos completos de la parte contraria y posibles testigos, cumplimentando un parte de accidente, que remitirá al arrendador, dentro de un plazo de cuarenta y ocho horas después de producirse el mismo.

– Comunicar inmediatamente al arrendador el hecho.

En el caso de no cumplir con lo expresado, el arrendatario se responsabilizará de las posibles repercusiones que genere su omisión de la buena fe contractual.

El Arrendador, CARMOVE EUROPE S.L., declara haber tomado las debidas precauciones para evitar fallos mecánicos del vehículo alquilado, pero en caso de producirse estos, no asume ninguna responsabilidad por los perjuicios que directa o indirectamente  pudieran causarse al Arrendatario, como consecuencia de dichos fallos o averías, entendiéndose los mismos como azarosos y circunstanciales.

En caso de intervención del seguro, el proceder del mismo en cuanto a sus plazos y circunstancias derivadas nunca revertirá en responsabilidades o indemnizaciones en las que se considere a la empresa como incumplidora.

 

El contrato lo será para el arrendamiento de vehículo por tiempo determinado.  Se regirá por las Cláusulas en él contenidas y, en lo que en ellas no estuviera previsto, por las disposiciones del Código de Comercio, de las leyes especiales que sean de aplicación, los usos y costumbres y, en su defecto, por lo dispuesto en el Código Civil. En garantía del servicio el interesado estará amparado por el R.D.L. 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

El presente contrato se regirá por la Ley Española. Las partes acuerdan que todo tipo de controversia, cuestión, reclamación o discrepancia entre ellas resultante de la interpretación y/o ejecución del presente acuerdo que no hubiese podido ser resuelta, se resolverán definitivamente por los juzgados y tribunales de la ciudad de Madrid, con renuncia expresa al fuero que a cada una de las partes les pudiera corresponder. La ley aplicable al caso será en todo caso la española.

El arrendador realiza declaración jurada de que los datos identificativos que proporciona son ciertos y válidos. Declaro responsablemente que cumplo y asumo con todas las condiciones del alquiler. El firmante, en prueba de veracidad y buena fe, firma aceptando el contenido del documento en la fecha y lugar indicados.