Condiciones generales de alquiler
Las presentes condiciones generales de CarMove (en lo sucesivo, las «Condiciones Generales») regulan la relación entre la sociedad CarMove Europe SL (en lo sucesivo, «CarMove» o «nosotros») y cualquier persona reconocida como cliente (en lo sucesivo, el «Usuario» o «usted») que desea utilizar el servicio de alquiler de vehículos sin conductor de CarMove.
CarMove y el Usuario se denominan en lo sucesivo de manera individual como una «Parte» y, de manera colectiva, como las «Partes».
1. Utilización del vehículo
El arrendatario recibe en alquiler el vehículo descrito anteriormente, en perfectas condiciones de funcionamiento, con todos los documentos, neumáticos, herramientas y accesorios y se compromete a conservarlos y conducir el vehículo según las normas del Código de Circulación quedando expresamente prohibido:
1.1
Conducir el vehículo por personas no autorizadas en el contrato.
1.2
Conducir el vehículo fuera de España y Portugal sin haberlo comunicado al Arrendador en el momento de formalizar el contrato o posteriormente, sin que CARMOVE EUROPE S.L otorgue su consentimiento por cualquier medio de los que quede constancia del mismo.
1.3
Transportar a personas o mercancías cuando ello implique explícitamente el subarriendo del vehículo.
1.4
Transportar personas o mercancías sin haber obtenido la autorización administrativa, exigida por el ordenamiento jurídico. En caso de incumplimiento, el arrendatario será responsable de las sanciones que se le pudieran imponer al arrendador por la Administración.
1.5
Conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas, motivadas por el alcohol, drogas, fatiga o enfermedad.
1.6
Utilizar el vehículo para empujar o remolcar otros vehículos.
1.7
Participar con el vehículo en carreras, concursos deportivos, etc.
1.8
Tener el vehículo mal estacionado o mal custodiado cuando no se utilice.
1.9
Manipular el cuentakilómetros de vehículo, debiendo comunicar inmediatamente al arrendador cualquier avería del mismo.
1.10
Transitar fuera de la red vial nacional o cualquier terreno no adecuado, quedando expresamente excluidos de las coberturas de seguro los daños en los bajos del vehículo o componentes mecánicos que se estropeen como consecuencia de una mala conducción, así como los daños producidos por la circulación de zonas restringidas de la red de carreteras.
1.11
No detener el vehículo lo antes posible, cuando se ilumine o suene cualquier testigo o alarma que indique anomalía en el funcionamiento del vehículo o se detecte ésta por el Arrendatario, debiendo contactar con el Arrendador para que este disponga lo conveniente o con la compañía de asistencia del seguro.
1.12
No se abonará ninguna reparación o asistencia distinta a la suministrada sin previa autorización del Arrendador.
1.13
Realizar una conducción deportiva extrema o exigente que origine un desgaste prematuro o anómalo de elementos del vehículo que no se corresponda con los kilómetros realizados y que tenga su origen en un exceso de exigencia por parte del Arrendador.
1.14
Modificar cualquier característica técnica del vehículo, las llaves equipamiento, las herramientas y/o accesorios. En el caso de incumplir este artículo el arrendatario deberá correr con los gastos, debidamente justificados, de reacondicionamiento del vehículo a su estado original, así como abonar una cantidad en concepto de inmovilización del vehículo.
1.15
Ceder, alquilar, hipotecar, pignorar, vender o cualquier otra forma de dar en garantía.
1.16
Transportar niños menores de tres años o mayores de tres años que no superen una altura de 150 centímetros sin utilizar el correspondiente dispositivo de retención obligatorio homologado de acuerdo con el peso y la talla del niño.